► Todo lo que debes saber sobre el Seguro de Cesantía

El Gobierno Nacional, aprobó el proyecto que permite el cambio de la Ley de Protección al Empleo actual. Igualmente, planteó las medidas referentes al Seguro de Cesantía, esto en caso de desempleo. Mediante este seguro, los trabajadores necesitan registrar alrededor de 3 cotizaciones mensuales continuas como mínimo o 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses.

Retiro de los fondos de AFC

En caso de que los ciudadanos sean cesantes sin poseer cotizaciones en los últimos 2 meses, y cuenta con saldo en la cuenta AFC, pero no disponen de los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, podrá realizar el retiro total del saldo. Todo ello, sin tener que presentar algún tipo de documentación que certifique el término de la relación laboral.

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¿Cuáles son los requisitos para el retiro de fondos? 

Para poder realizar el retiro de fondos, es necesario responder con los aspectos:

  • Estar cesante (ausencia de dos cotizaciones anteriores a la solicitud).
  • Tener saldo en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Así como, la cédula de identidad.

Cabe destacar que, el trámite se lleva a cabo totalmente online y para ingresar al sitio oficial, se requiere tener el RUT, clave de acceso AFC o Clave única del Estado. 

Requisitos para el acceder al Seguro de Cesantía

En lo relacionado con los requisitos concernientes al Seguro de Cesantía, se deben tener en cuenta los siguientes:

  • Contar con finiquito o documento válido de término de relación laboral firmado y ratificado.
  • Además, se debe hacer énfasis por los Causales de despido.

El despido debe ser ejecutado por: Renuncia del trabajador o por mutuo acuerdo entre las partes. 

Es preciso mencionar que, solo es posible acceder a las prestaciones de la cuenta individual de Cesantía, que no posean financiamiento del Fondo de Cesantía Solidario. 

Acceso al Fondo de Censantía Solidario

Para poder acceder a este fondo en caso de agotarse el Fondo de la Cuenta Individual, se deben tener en cuenta los siguientes requerimientos:

  • Quiebra del empleador.
  • Necesidad de la empresa.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • También, se debe establecer la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.

En relación a este punto, dicho finiquito debe ser firmado por el trabajador ante el presidente del sindicato, sindical respectivo o delegado del personal, bajo los siguientes requisitos: Nombre, firma cargo o puede ser ratificado ante un ministro de fe (Notario público, Inspección del trabajo, oficial del Registro Civil o el secretario municipal según corresponda.

Conoce más información sobre este Seguro

Para conocer más información sobre el Seguro de Cesantía u otros programas para los ciudadanos, te recomendamos seguir los siguientes datos de contacto: 

  • Página oficial: www.afc.cl/descripcion-del-seguro/
  • Línea telefónica: 8 0 0 8 0 0 2 3 2
  • También, asistir de forma presencial a la Dirección: Calle Francisco Noguera N° 190, Edificio Noguera Office.

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